A- de 2024
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Pineda Montes Alexander De Jesus·Demandado Municipio De Montelibano
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos ejecutivos dirigidos en contra de entidades públicas sin certeza de existencia de contrato estatal como causa del título a ejecutar
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Montelíbano, Córdoba, y el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Montería.
La causa de la controversia radica en una demanda ejecutiva de menor cuantía presentada por un ciudadano, en contra de la Alcaldía de Montelíbano, Córdoba, demanda a través de la cual solicita que se libre mandamiento de pago en contra de la alcaldía por valores consignados en la factura emitida por concepto de la venta de una serie de insumos consistentes en víveres y abarrotes, los cuales fueron recibidos a satisfacción por el ente territorial.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que no existe certeza sobre si la supuesta compraventa de insumos, a partir de la cual se habría expedido la factura que pretende ejecutarse, configuró un contrato estatal y resuelve, en aplicación de la regla establecida en Auto 553 de 2022 que la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer los procesos ejecutivos promovidos en contra de entidades públicas, sujetas a las disposiciones del Estatuto General de Contratación Pública, en los casos en los que el juez del conflicto no tuviere certeza sobre la existencia o inexistencia de un contrato estatal que pudiere ser la causa del título valor que se pretende ejecutar.
En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Montería para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Montelíbano, Córdoba, a las partes y a los demás interesados en el proceso.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Montelíbano, Córdoba y el Juzgado
- Séptimo. Administrativo del Circuito de Montería, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Séptimo. Administrativo del Circuito de Montería es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por el señor Alexander de Jesús Pineda Montes en contra de la Alcaldía de Montelíbano, Córdoba.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5360 al Juzgado
- Séptimo. Administrativo del Circuito de Montería para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Montelíbano, Córdoba, a las partes y a los demás interesados en el proceso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.